Cambio de titularidad

Transferencia de vehículo

Cambia la titularidad de un vehículo con la ayuda de Blau Gestors. Revisa el presupuesto, aporta la documentación y nos encargamos de comprobar el expediente antes de presentarlo ante la DGT.

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Tu presupuesto

Calcula el presupuesto de tu trámite

Introduce los datos del coche o la moto, el precio de compra y la residencia del comprador. El presupuesto separa honorarios, IVA, tasa DGT e ITP cuando corresponda. Si faltan datos fiscales, el ITP quedará pendiente de revisión.

Abrir el presupuesto en una página independiente si la calculadora no se carga.

Prepara tu trámite

Documentación que necesitas

  • Identificación de comprador y vendedor

    Copia legible del DNI o documento identificativo válido de ambas partes. Si interviene una empresa, necesitaremos su identificación fiscal y acreditar a quien la representa.

  • Contrato de compraventa o factura

    Documento que acredita la venta y sus condiciones. El contrato debe estar firmado por comprador y vendedor en todas sus hojas e identificar el vehículo, el precio y la fecha de la operación.

  • Permiso de circulación y ficha técnica

    Nos ayudan a revisar la matrícula y los datos del vehículo. Si falta algún documento, indícalo para estudiar cómo completar el expediente.

  • Justificación fiscal

    Cuando corresponda, autoliquidación y justificante del ITP, su exención o no sujeción. Si vende una empresa en el ejercicio de su actividad, revisaremos la factura y el tratamiento aplicable.

  • Autorización de representación

    Firma la documentación de representación que te indiquemos durante el trámite para que podamos actuar en tu nombre.

Paso a paso

Cómo funciona

  1. Consulta el presupuesto

    Introduce los datos del vehículo y de la operación para revisar los conceptos incluidos y la estimación fiscal cuando corresponda.

  2. Completa datos y documentación

    Identifica a comprador y vendedor, adjunta los documentos y firma las autorizaciones necesarias.

  3. Revisamos y presentamos

    Comprobamos el expediente antes de presentarlo. Podrás seguir su estado y consultar el justificante cuando esté disponible.

Antes de empezar

Requisitos y condiciones

  • El comprador dispone de 30 días desde la firma del contrato para solicitar el cambio de titularidad.
  • El vehículo debe estar de alta administrativa y tener abonado el impuesto de circulación del año anterior y las sanciones que impidan el cambio.
  • Una reserva de dominio, un embargo o un precinto requieren revisión antes de presentar la transferencia.
  • Herencias, donaciones, vehículos agrícolas y otros supuestos especiales pueden necesitar documentos y tratamiento fiscal distintos.

Información del trámite

Lo que conviene conocer

Qué cambia con la transferencia

La transferencia inscribe al comprador como nuevo titular en el Registro de Vehículos. Una vez realizada, la DGT expide el permiso de circulación a su nombre.

Firmar el contrato o notificar la venta no completa este cambio. Si eres el vendedor, puedes comunicar la transmisión mientras el comprador tramita la transferencia.

Impuestos e incidencias del expediente

El importe fiscal depende de la operación, del vehículo y de la administración competente. Por eso revisamos el presupuesto y la justificación tributaria antes de presentar.

Si detectamos datos que no coinciden o documentación pendiente, te indicaremos qué debes aportar. La presentación no supone una resolución inmediata ni elimina las cargas del vehículo.

Resuelve tus dudas

Preguntas frecuentes

¿Se puede transferir un vehículo con la ITV caducada?

La ITV caducada no impide por sí sola cambiar la titularidad, pero el vehículo no puede circular hasta cumplir los requisitos de ITV y seguro. Revisaremos si existen otras limitaciones.

¿Qué ocurre si hay una reserva de dominio?

Debe cancelarse o acreditarse el consentimiento de la financiera o una subrogación admitida antes de continuar. Haber terminado de pagar el préstamo no cancela automáticamente la anotación registral.

¿Quién debe justificar el ITP?

En una compraventa sujeta a ITP, corresponde al comprador. Debe acreditarse el pago, la exención o la no sujeción según la comunidad autónoma y las circunstancias de la operación.

La residencia del comprador

Cambio de nombre por comunidad autónoma

Consulta la documentación y las particularidades del ITP de cada comunidad, Ceuta y Melilla.

Equipo de tramitación de Blau Gestors · Actualizado el

Tu siguiente paso

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Introduce los datos necesarios y revisa el desglose antes de continuar.

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