Guía para compradores

Cómo comprar un vehículo usado reduciendo riesgos evitables

Una compra segura no depende solo de probar el vehículo. También exige verificar quién vende, qué consta en el registro, cómo se documenta el pago y qué obligaciones deben cumplirse después de la firma.

Antes de entregar dinero

Comprueba que el vendedor coincide con el titular o que puede representar válidamente a quien figura en la documentación. Contrasta matrícula y bastidor y solicita un informe DGT adecuado al nivel de riesgo.

Una reserva de dominio u otra limitación puede impedir la transferencia aunque el vehículo esté físicamente disponible.

  • Identidad y capacidad del vendedor.
  • Permiso de circulación y tarjeta ITV.
  • Informe DGT y justificantes de cancelación de cargas.
  • Revisión mecánica independiente.

Contrato, entrega y prueba del pago

El contrato debe incluir los datos de ambas partes, del vehículo, el precio y la fecha y hora de firma. La DGT recomienda que ambas partes firmen todas las hojas.

Describe cualquier condición acordada y conserva una prueba trazable del pago y de la entrega de llaves y documentos.

  • No firmar con espacios esenciales en blanco.
  • Indicar el estado y los documentos entregados.
  • Entregar a cada parte una copia completa firmada.

Impuesto, transferencia y circulación

Tras la firma, el comprador debe comprobar la tributación aplicable y tramitar el cambio de titularidad. La DGT indica un plazo de 30 días para este cambio, pero el plazo fiscal puede ser diferente según la administración competente.

Antes de circular, el vehículo debe cumplir las exigencias de ITV y seguro. La compraventa no regulariza automáticamente una situación administrativa incompatible.

  • Liquidar o justificar el tratamiento fiscal correcto.
  • Presentar la transferencia con documentación coherente.
  • Comprobar ITV, seguro y permiso antes de conducir.

Preguntas frecuentes

¿Es suficiente con ver el permiso de circulación?

No. Conviene comprobar identidad, ficha técnica, situación registral, cargas, estado mecánico y coherencia del contrato.

¿Comprar a un profesional y a un particular tributa igual?

No necesariamente. La Agencia Tributaria diferencia, con carácter general, las operaciones sujetas a IVA de las transmisiones entre particulares sujetas a ITP.