La baja temporal de un vehículo es un trámite que permite comunicar a la Dirección General de Tráfico (DGT) que un coche, moto u otro vehículo dejará de utilizarse durante un periodo de tiempo, manteniendo la posibilidad de volver a darlo de alta posteriormente.
Puede resultar útil cuando sabes que no vas a utilizar el vehículo durante una temporada, pero quieres conservarlo y volver a utilizarlo en el futuro.
A diferencia de una baja definitiva, la baja temporal es reversible.
¿Puedo circular con un vehículo que está de baja temporal?
No. Mientras el vehículo se encuentre en situación de baja temporal no puede circular.
Si posteriormente quieres volver a utilizarlo, deberás solicitar previamente su alta en la DGT. También puedes solicitar su baja definitiva si finalmente decides que no volverás a utilizarlo.
¿Cuánto dura una baja temporal?
Con carácter general, la baja temporal tiene una duración máxima de un año.
Antes de que finalice ese periodo puedes solicitar una prórroga por otro año. Actualmente, la DGT permite encadenar sucesivas prórrogas sin establecer un límite en el número de ellas.
La prórroga puede solicitarse durante los dos meses anteriores a la fecha de finalización de la baja temporal vigente.
Es importante controlar esta fecha: si finaliza el periodo de baja y no has solicitado una prórroga, el vehículo volverá automáticamente a situación de alta administrativa, con las obligaciones correspondientes.
¿Necesito seguro e ITV mientras el vehículo está de baja?
Dependerá de dónde se encuentre el vehículo.
Si durante la baja temporal el vehículo se guarda dentro de una propiedad privada y no permanece estacionado en la vía pública, la DGT indica que no es necesario mantener en vigor la ITV ni el seguro obligatorio.
Sin embargo, cualquier vehículo que permanezca estacionado en la vía pública debe tener el seguro y la ITV en vigor.
Por tanto, dar de baja temporalmente un vehículo no significa que pueda dejarse estacionado en la calle sin cumplir estos requisitos.
¿Puedo dar de baja temporal un vehículo con un precinto?
No. Si existe un precinto judicial o administrativo, será necesario cancelarlo antes de poder tramitar la baja temporal.
Además, el vehículo debe encontrarse en situación de alta administrativa y no presentar ninguna circunstancia que impida realizar el trámite.
¿La baja temporal es lo mismo que una baja definitiva?
No.
La baja temporal está pensada para un vehículo que no va a utilizarse durante un tiempo, pero que quieres conservar. Posteriormente puedes solicitar su alta y volver a utilizarlo.
La baja definitiva, en cambio, está destinada generalmente a vehículos que han llegado al final de su vida útil y supone su retirada de la circulación a través de un Centro Autorizado de Tratamiento o desguace.
¿Puedo solicitar la baja temporal de mi vehículo online?
Sí. La baja temporal puede gestionarse de forma telemática.
En Blau Gestors puedes tramitar la baja temporal de tu vehículo online de una manera sencilla, sin necesidad de realizar desplazamientos innecesarios.
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Referencia: información oficial de la DGT sobre la baja temporal.