El modelo 650 está relacionado con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y se utiliza para declarar adquisiciones de bienes y derechos producidas como consecuencia de una herencia, legado u otro título sucesorio.
Cuando una persona fallece y entre sus bienes existe un coche, moto u otro vehículo, será necesario cumplir las obligaciones fiscales correspondientes antes de poder realizar correctamente el cambio de titularidad del vehículo a favor del heredero.
¿Para qué sirve el modelo 650?
El modelo 650 permite realizar la autoliquidación correspondiente a una adquisición por causa de fallecimiento.
Cuando entre los bienes de la herencia existe un vehículo, este deberá tenerse en cuenta dentro de la correspondiente liquidación del Impuesto sobre Sucesiones.
Una vez cumplidas las obligaciones fiscales y acreditada correctamente la adjudicación del vehículo, podrá realizarse posteriormente el cambio de titularidad ante la DGT.
¿Quién debe realizar la gestión?
Son los herederos o beneficiarios de la sucesión quienes deben cumplir las obligaciones fiscales correspondientes por los bienes que reciben.
Cuando existen varios herederos, deberá quedar correctamente determinado a quién se adjudica el vehículo para poder realizar posteriormente el cambio de titularidad a favor del nuevo propietario.
¿El modelo 650 es igual en toda España?
No necesariamente.
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones está cedido a las comunidades autónomas en numerosos supuestos, por lo que pueden existir diferencias en el procedimiento, modelos utilizados, reducciones, bonificaciones y demás particularidades fiscales dependiendo de la comunidad autónoma competente.
Por este motivo, antes de realizar el cambio de titularidad de un vehículo heredado es importante comprobar qué procedimiento fiscal corresponde en cada caso.
¿El modelo 650 también se utiliza para una donación?
No debemos confundir una herencia con una donación.
El modelo 650 está relacionado con adquisiciones producidas por causa de fallecimiento en los supuestos en los que resulta aplicable este modelo.
Cuando una persona transmite gratuitamente un vehículo a otra persona en vida, estaremos ante una donación, que tiene un tratamiento fiscal diferente y deberá declararse siguiendo el procedimiento correspondiente.
¿Qué ocurre después de liquidar el impuesto?
Cumplir con las obligaciones fiscales derivadas de la herencia no supone que el vehículo cambie automáticamente de titular.
Una vez realizada la correspondiente gestión fiscal y acreditada la adjudicación del vehículo, será necesario realizar el cambio de titularidad ante la DGT para que el vehículo pase a constar a nombre del heredero al que haya sido adjudicado.